Nueva ley Elijo tu apellido

Elijo tu apellido: ¿sigues con dudas sobre esta nueva ley?

Hace poco se promulgó la ley "Elijo tu apellido", que permite cambiar el orden de los apellidos, para resolver nuestras dudas hablamos con Abofem.

Nueva ley Elijo tu apellido

Hace poco se promulgó la ley “Elijo tu apellido”, que permite cambiar el orden de los apellidos paterno y materno. Pero seguimos teniendo muchas dudas sobre el proceso, por eso hablamos con Scarlet Nieto, Directora de Abofem Antofagasta para que nos orientara sobre esto.

—¿Ya se puede realizar este proceso?
—Aún no está vigente. En el proyecto de ley se indica que la norma entrará en vigencia el día siguiente de que sea publicado en el Diario Oficial un reglamento del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que regulará la forma en que se practicarán las inscripciones y las manifestaciones del acuerdo de los padres respecto del orden de los apellidos.

—¿Hay límite de edad para hacer el trámite?
—No se establece un límite de edad para realizar el trámite.

madre con su hijo

—Cuando es en recién nacidos, ¿qué se debe hacer?
Al momento de inscripción del nacimiento de la primera o primero de sus hijas o hijos en común, la madre y padre podrán determinar, de común acuerdo, el orden de transmisión de sus apellidos, lo que valdrá para el resto de su descendencia en común. En caso que no estén de acuerdo se mantendrá primero el apellido paterno, y luego el materno.

—¿Y en menores de edad adolescentes?, ¿y en adultos?
—Si los solicitantes tienen hijos entre los 14 y 18 años de edad, estos deberán manifestar su consentimiento, mediante declaración escrita extendida ante el Oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación.

—Cuando son adolescentes menores de edad, ¿es sólo su decisión o dependen del permiso de los padres?
—Se establece que solo mayores de edad pueden realizar la solicitud de cambio de apellido.

—¿Cuánto se demora el proceso?
—El espíritu del nuevo proceso es que sea expedito, pero mientras no conozcamos el reglamento es complicado dar una respuesta a esta pregunta.

—Si alguien además quiere hacer un cambio de nombre, ¿debe asesorarse con un abogad@ antes?
—Son procedimientos diferentes, por lo que un cambio de nombre tiene requisitos legales, dentro de los cuales para ser admisible debe ser patrocinado por una abogada o abogado.

Ahora debemos esperar la publicación de la ley “Elijo tu apellido” en el Diario Oficial.

2 Comments

  1. Grcias por la info! Saben si se conversó y si estará en la ley el tema de preguntar en documentos oficiales del estado (y de lugares en general) por el “apellido paterno” y el “apellido materno”? Porque eso inmediatamente clasifica a la persona bajo los estándares de la institución a la que entrega la info y no cómo la persona quiere ser conocida/clasificada.

    • Le volvimos a preguntar a Scarlet Nieto y nos dijo esto: “En la ley no se hace mención a la ‘forma’ como se deben dirigir los servicios públicos o instituciones , y claro para aquellos trámites en los que se especifica apellido materno o paterno seguirá de la misma forma ya que esa naturaleza no se cambia, si no solo el orden de los apellidos. Es importante estar alertas a la forma como se implementará la ley en la práctica y para aquello el reglamento será de suma importancia. Esperamos que que la nueva ley sea un aporte a acortar las brechas socialmente impuestas, sabemos que falta mucho por avanzar”.

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