Senado aprobó la renovada Ley Antidiscriminación

Senado aprobó la renovada Ley Antidiscriminación 1
por lucy

En noviembre de 2011 celebrábamos que el Senado había aprobado una Ley de Antidiscriminación que llevaba dormida 6 años en el Congreso, y en la cual se agregaba que tampoco podría discriminarse a nadie en Chile por orientación sexual e identidad de género (además de por raza o etnia, sexo, edad, enfermedad o discapacidad, nacionalidad, situación socioeconómica, idioma, ideología u opinión política, religión o creencia, sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, estado civil, filiación y apariencia personal).

Lo que ayer aprobó el Senado con 23 fotos a favor, 3 votos en contra y 3 abstenciones (los RN José García Ruminot, Carlos Kuschel y Carlos Larraín y los UDI Juan Antonio Coloma, Jaime Orpis y Ena von Baer, respectivamente) es una versión todavía mejor de la Ley Antidiscriminación, porque ahora (sólo falta su promulgación) no sólo se protege una idea de que nadie pueda ser discriminado, sino que hay varios cambios prácticos para enfrentar tanto las causas como las consecuencias de los actos de discriminación:

-El Estado está obligado a desarrollar políticas públicas para evitar la discriminación.
-Se sacó un párrafo de la antigua ley que identificaba la orientación sexual diferente como violenta o incestuosa (“no podrá reclamar discriminación por orientación sexual un individuo que deba responder por actos sexuales violentos, incestuosos, dirigidos a menores de edad cuando tengan el carácter de delito, o que, en los términos de la ley vigente, ofendan el pudor”).
-En la agravante que establecía en el Código Penal por delitos cometidos por discriminación, se agregó también la identidad de género, que no estaba en el texto original de la Ley.
-Un juez que rechace tramitar una reclamación por acto de no discriminación tendrá que fundamentar ese rechazo, cosa que antes tampoco era obligatoria.

Estas nuevas observaciones al proyecto que se aprobó hoy son nada menos que 4 de las 5 que proponían originalmente organizaciones como =Iguales, Movilh, Corporación Humanas y OTD, a las cuales se puso suma urgencia después de la muerte de Daniel Zamudio.

Fuentes: Observatorio Género e Igualdad, Iguales

27 Comments

  1. No entendí el segundo punto, lo que está entre paréntesis es lo que quedó en la nueva ley o lo que existía antes?

      • En este parrafo yo no veo que se califique a una cierta orientacion sexual como violenta o incestuosa. Si dice: “no podrá reclamar discriminación por orientación sexual un individuo que deba responder por actos sexuales violentos, incestuosos, dirigidos a menores de edad cuando tengan el carácter de delito, o que, en los términos de la ley vigente, ofendan el pudor”.
        Yo veo que parte al reves…. que quien comete un crimen de indole sexual o de ofesna al pudor (para mi esos son los exibicionistas o los que te sobajean as presas en la micro) no puede usar esta ley para zafarse.
        Si este parrafo se sacó ¿no puedo pedir se castigue un delito sexual ya que sería discriminación?

        Algo falta en el post para que se entienda mejor esa parte… porque asi como está no veo la dicriminación.

      • Ohh. la media volaita me censuraron….
        Yo preguntaba que porque el parrafo entre ( ) lo habían sacado por discriminatorio, ya que así tal como la autora lo copio en el post solo dice que quien comete un crimen no puede apelar a esta ley para zafarse lo cual tiene asi visto mucho sentido.

        • claro, la explicación que está antes del párrafo no es lo que yo entiendo de lo que está entre paréntesis. Supongo que significa que si dos adultos con consentimiento tienen sexo violento no es delito, porque si no hay consentimiento sería violación, lo del incesto igual es raro :S

  2. Me parece maravilloso por los discapacitados y homosexuales, pero que pasara con las personas religiosas que te atormentan y persiguen por todos lados? Mandarlos a la cresta para que te dejen en paz sera considerado discriminacoin tambien?

    • Yo también me pregunte eso, donde esta el limite con los fanáticos religiosos que no entienden que no te interesa, podrían acusarte de discriminación por no quererlos escucharlos?

      • Eso ya no seria discriminacion sino que seria libertad de expresion, un fanatico religioso puede gritar todo lo que quiera decir lo que le plazca y tu tambien pero no porque no quieras escucharlo seras penalizada. SI eso te pasa seguido con el mismo grupo de personas puedes poner un letrero en tu puerta o ventana dicindo quer no quieres que te visiten. Si no lo hacen y siguen los denuncias a la policia porque eso es acoso.

  3. Lo leí anoche y me puse muy contenta, pero por otro lado es una pena enorme que tengamos que llegar a crear una ley para poder tolerar y respetar a los demás.

    Pero bueno, es el primer paso para una sociedad mejor y más justa, muy contenta!.

    • No hay que tener pena por la ley anti discriminacion porque es un respaldo a algo que muchos creemos que es natural, no discriminar.Y para que todos sepan que si les cierran una puerta no es porque son mapuches o gay o lo que sea, sino que sera por una razon fundamentada

      • No me da pena la Ley, todo lo contrario. Me da pena la sociedad y de que tengamos que llegar a estas instancias para proteger tu derecho de una libertad plena.

  4. Estoy súper contenta de que por fin se haya aprobado esta ley, y lo mejor, es que haya sido con la mayoría de las indicaciones que se pedía desde las organizaciones civiles. Que el Estado de Chile tenga que promover políticas públicas contra la discriminación es súuuper relevante, porque no sacamos nada con tener leyes que castiguen nada más pero que no hagan nada para impedir desde un principio que se cometa la discriminación. Un gran paso!

  5. Me gusta!!!
    Pero tengo una duda: ¿Por qué discriminar no es algo correcto? ¿No discriminan diariamente al elegir su ropa, sus amigos, lo que ve o no en televisión, el bien o el mal? Yo tendría más cuidado en el uso del lenguaje. Si toda discriminación fuera mala de partida nada podríamos hacer y se producirían ridículos como el alegar cuando a un hombre, a causa de su género, no se le matricula en un colegio de niñas.
    Me alegro mucho por los homosexuales, los discapacitados, los extranjeros…!!

    • Jajaaja chistoso lo que dices, es como un extremo…pero esta buena la pregunta, la discriminacion que plantean aca es por tu diferencia natural. No tu decision personal al elegir ropa o tintes. Se trata de personas con otras personas y como afecta la decision para bien o mal de la persona discriminada.

      Como tu ejemplo. Si lo dicen claro que es colegio de ninas, es sentido comun que no se podra inscribir ahi, pero si el nino es transexual y legalmente se cambia el nombre, ahi no lo podran discriminar. Saludos

    • lo que se sanciona es la discriminación injusta y arbitraria. Sin alguno de esos apellidos es la discriminación lógica, como p.e: pedir que el profe que postule al puesto de profe de religión, sea católico (lógico) v/s pedir que el profe de religión sea mino (ilógico e irrelevante)

      • Igual pedir que el profe de religión sea católico es discriminación, un teólogo judío o protestante podría reclamarlo, se necesita a alguien que sepa de teología, no de un credo en especifico.

    • Se refiere q discriminación arbitraria, es decir, por condiciones que son inherentes a ti y no puedes cambiar como raza, orientacion sexual, etc etc.

  6. Me parece bien, pero como tantas otras leyes que son mas bien “para la foto” (por ejemplo la que iguala sueldos entre hombre y mujeres) legisla sobre temas difciles de probar y finalmente …. la mentalidad de las personas que no se puede cambiar por ley.

    • Exacto! ni con mil leyes se podrá cambiar el pensamiento o las creencias de algunas personas, simplemente porque esas personas creen que su actuar es el correcto y los demás están equivocados y viceversa y ambos bandos podrían reclamar discriminación…es una historia sin fin.

  7. muy bien! por los homosexuales, los discapacitados, los extranjeros…pero ojo! que aunque se firmen leyes antitodo- la historia solo puede cambiar cambiando el pensamiento de personas que ahun piensan que los homosexuales son enfermos por ejemplo, y educando a los mas pequeños aprender a querer y tolerar a las personas que sean “distintos” desde ahi parte todo..

  8. En el texto no entendí el 3er párrafo. Se entiende que, con la nueva ley, un tipo puede alegar que tiene orientación sexual diferente y por eso se violó a todos los niños que viven en su barrio?
    Aclarar por favor.

    • lo que está entre comillas y entre paréntesis es una parte de lo que decía textualmente la antigua ley, y que ahora se sacó; que se haya sacado significa que la ley reconoce que violaciones, pedofilia e incesto no tienen nada que ver con la orientación sexual.

    • Yo entendí que ese paréntesis es lo que decía antes la ley y que en la actual, se eliminó la parte de incestuoso y práctica sexual violenta (?), o sea, que ellos si pueden alegar ser discriminados, pero que se mantiene lo de la pedofilia, es decir que un pedófilo sigue sin poder reclamar ser discriminado, sigue tipificado como delito.
      No sé, el párrafo está confuso y creo que yo me expliqué aún peor. Saludos!

      • yo como lo leo lo entiendo totalmente al reves…. que se puede alegar discriminacion para zafarse de la penalidad de un crimen… dudo que sea el espiritu de la ley y lo que hay es un error editorial que haya quedado expresado asi.

  9. Expreso diferencia .RELIGIOSO:Cumple ritos religiosos,ignorante de la ley de DIOS ,lleno de odio(Santa Inquisicion).CRISTIANO CONSECUENTE:Ama a DIOS,ama a su projimo,ama a los enemigos que lo odian,no esconde la verdad.LEVITICO 20:13″Si un varon se acuesta con otro varon,como se hace con una mujer,ambos han cometido una abominacion a YAHVE.
    BIBLIA DE JERUSALEN LATINOAMRICANA CATOLICA.

Comments are closed.