En mayo elegimos una Convención Constitucional paritaria, pero nos decepcionamos por la baja elección de mujeres en los cargos de gobernadora, alcaldesa y concejala. Y, ayer, la Convención -y aguerridas constituyentes- nos recordaron que la paridad no es un techo.
¿Qué es la paridad?
Empecemos por lo básico: ¿qué es la bendita paridad? Hablamos con Lía Arroyo, socia de Abofem Chile para que nos explique:
La paridad implica un concepto filosófico-jurídico en relación al reconocimiento de la calidad de par entre hombres y mujeres. Se trata de un objetivo, una finalidad. Y para llegar a este se necesita un mecanismo. ¿Existe sólo 1? No, existen muchas formas.
Por ejemplo, en la conformación de la Convención Constitucional se utilizó un mecanismo de equilibrio aritmético con corrección de salida. Esto conseguía un resultado de 50% y 50% o lo más cercano posible a este.
Otro ejemplo es del reglamento provisorio en la CC que dice “a lo menos una mujer”, lo que implica establecer un piso y no un techo. Un mínimo estándar para construir. Es decir, la paridad no es un techo, sino un mínimo.
Paridad no es un techo en la CC
Lo de “al menos” no los dejó muy claro a todos, entonces se votó por un nuevo texto que fue aprobado con 82 votos: “La Mesa deberá ser paritaria, no pudiendo el género masculino superar un 50% del total de las vicepresidencias. Esta regla no será aplicable a las mujeres u otras identidades de género, reconociendo la existencia de patrones de dominación histórica de dichos géneros en este tipo de instancias”.
Eso significa que no se corregirá el resultado si mujeres u otras identidades de género son elegidas en una proporción mayor a un 50%, pero sí si esto pasa con el género masculino. -Algo que no ocurrió en la Convención, porque el mecanismo aprobado fue otro-.
Una apasionada Alondra Carrillo (Independiente, constituyente D12) dijo que esta medida reconoce “los patrones históricos de dominación sobre los otros géneros e identidades de género. Esto nos permite poner al feminismo por delante y poner la perspectiva paritaria como mínimo democrático sobre la Mesa y dejarla escrita en las normas de la Convención Constitucional”.
¿Por qué esto es importante para la paridad en Chile?
Para Lía esto “marca un precedente que va a servir para las definiciones de mecanismos de paridad que se vayan a utilizar en el futuro, principalmente aquellos que van a quedar consagrados en una nueva Constitución”.
Lía deja bien en claro que la paridad no es un techo porque “se trata de una medida de afirmación que iguala la posición de un colectivo o categoría en una situación de postergación histórica”.
“Destaco que estemos hablando del 50% como un piso. Hace 2 años atrás estábamos bastante lejos de estas realidades y ahora al menos está ganado. También nos planteamos la representación no binaria, algo que estaba sumamente invisibilizado. Así que, más allá de los desafíos pendientes, que son muchísimos, destaco que a través del empuje de los movimientos feministas se ha avanzado bastante”.